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TITULO CUARTO

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

CAPITULO IV - LA COMISIÓN ACADÉMICA
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Artículo. 34. — De la composición y duración de La Comisión Académica
La Comisión Académica estará compuesta por cinco (5) relevantes académicos, pertenecientes a las siguientes instituciones:

  1. Un representante de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), designado por ésta
  2. Un representante de la institución sede de FUTECA, designado por ésta
  3. Tres representantes de diferentes países del resto de los miembros de la Asociación, electos por la Asamblea General a propuesta de los mismos

La integración de la Comisión Académica deberá ser aprobada por la Asamblea General.

Los miembros de la Comisión Académica, permanecerán en sus cargos, por un periodo igual al del Presidente de la Directiva de la Asamblea General de FUTECA.

Artículo. 35. — Del funcionamiento de la Comisión Académica
La Comisión Académica será coordinada en la ejecución de todas sus funciones, por el Director Ejecutivo.

Su funcionamiento será regulado por un reglamento específico, el cual deberá ser elaborado por el Director Ejecutivo y aprobado por la Asamblea General.

Articulo. 36. — Funciones de La Comisión Académica
Son funciones de la Comisión Académica, además de las que le señale el Estatuto y los reglamentos pertinentes, las siguientes:

  1. Detectar las necesidades de ofrecer cursos de Postgrado en las áreas de ingeniería y Arquitectura; así como otros cursos de especialización y formación continua en función de las necesidades de desarrollo del área geográfica de FUTECA.
  2. Promover y gestionar el desarrollo de cursos de Postgrado en las áreas de Ingeniería y Arquitectura; así como de otros cursos de especialización y formación continua en dichas áreas
  3. Elaborar y presentar un Plan Anual Operativo Estratégico de trabajo para su consideración al Director Ejecutivo de la Asociación. Este plan de trabajo debe garantizar a través de su ejecución el logro de los objetivos específicos de la Asociación señalados en el artículo 7 del presente Estatuto
  4. Coordinar a través del Director Ejecutivo, la ejecución de su Plan Anual Operativo Estratégico de trabajo
  5. Ejecutar cualquiera otra función que le sea asignada por la Asamblea General o la Junta Directiva a través del Director Ejecutivo

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