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ESTATUTO
DE LA ASOCIACIÓN FEDERADA UNIVERSITARIA
TECNOLÓGICA ESPAÑOLA CENTROAMERICANA
(FUTECA)
TITULO TERCERO
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| DEBERES
Y DERECHOS DE LAS INSTITUCIONES MIEMBRO
Artículo.
11.- Derechos
Son
derechos de las Instituciones miembro, los siguientes:
-
Participar
con voz y voto en las reuniones de la Asamblea General
y en las Comisiones correspondientes
-
Participar en las actividades programáticas de
la Asociación, sin otra limitación que la
derivada de la naturaleza de los programas o recursos
disponibles
-
Desarrollar
programas de cooperación entre las instituciones
miembro
-
Recibir regularmente la documentación publicada
por la Asociación
Toda
Institución miembro podrá retirarse de la
Asociación mediante el envío de notificación
escrita de su autoridad competente al Presidente de la Asamblea
General.
Articulo. 12.- Deberes
Son
deberes de las Instituciones miembro los siguientes:
-
Reconocer, en el marco de la legislación vigente,
los títulos, diplomas y/o contenidos de los programas
de postgrado que ofrezca la Asociación
-
Asumir
la promoción, gestión y ofrecimiento de
los cursos que se dicten en su Universidad
-
Asumir
la viabilidad económica de los cursos que se imparten
en su Universidad
-
Publicar
en sus catálogos y folletos todos aquellos cursos
que estén incorporados a la Asociación
-
Asumir en forma conjunta con otras instituciones miembro
de la Asociación, la responsabilidad de promover,
gestionar, organizar e impartir cursos, programas, investigaciones
y demás actividades
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